
ASESORIAS EN PERMISOS DE EDIFICACION, RECEPCIONES Y CERTIFICACIONES - ARQUITECTO
ARQUITECTO REVISOR INDEPENDIENTE - PERMISOS DE EDIFICACION - REGULARIZACION DE PARCELAS
ARQUITECTO REVISOR INDEPENDIENTE CON EXPERIENCIA EN OBTENCION DE PERMISOS DE EDIFICACION Y RECEPCION FINAL
ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCION
TITULO II
De la planificacion
CAPITULO I
De la planificacion urbana y sus instrumentos
2.
Cumplido el trámite a que se refiere
el número anterior, la Secretaría
Regional
Ministerial de Vivienda y Urbanismo remitirá
el expediente completo del Plan
Regulador Intercomunal al Gobierno Regional
para su aprobación.
3. Será aprobado por el Consejo Regional
y promulgado mediante resolución del
Intendente, la cual será publicada
en el Diario Oficial, debiendo incluirse en
la
publicación el texto integro de la
ordenanza del Plan Regulador Intercomunal
o
Metropolitano.
Las disposiciones del Plan Regulador Intercomunal
se entenderán
automáticamente incorporadas a los
Planes Reguladores Comunales.
Los planos originales del Plan Regulador Intercomunal
o Metropolitano
deberán llevar la firma del Intendente,
del Secretario Regional del Ministerio de
Vivienda y Urbanismo y del Jefe del Departamento
de Desarrollo Urbano e Infraestructura de
la misma Secretaría Regional Ministerial.
Dichos Planos, junto con un ejemplar de la
Memoria Explicativa, de
la Ordenanza y del Diario Oficial en que se
hubiere publicado la Resolución aprobatoria
del Gobierno Regional, serán archivados
en el Gobierno Regional; una copia oficial
de dichos documentos será archivada
en la División de Desarrollo Urbano
del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, otra
en la Secretaría Regional Ministerial
de Vivienda y Urbanismo respectiva y otra
en el Conservador de Bienes Raíces
correspondiente.
De la planificación urbana comunal
Artículo 2.1.10. El
Plan Regulador Comunal será confeccionado,
en calidad de
función privativa, por la Municipalidad
respectiva, y estará conformado por
los siguientes documentos:
1. Memoria Explicativa que contenga, al menos,
el diagnóstico de la totalidad del
territorio comunal o del área afecta
a planificación e identifique:
a) Los centros urbanos de la comuna, indicando
su tamaño poblacional y sus
tendencias estimadas de crecimiento.
b) Las vías estructurantes, en especial
las vías colectoras y de servicio,
indicando
su relación con los caminos nacionales,
las vías expresas y troncales, definidas
en la planificación urbana regional
e intercomunal, respectivamente.
c)
Las principales actividades urbanas de la
comuna, con una apreciación de sus
potencialidades.
d) El fundamento de las proposiciones del
Plan, sus objetivos, metas y
antecedentes que lo justifican, en base a
los siguientes estudios especiales:
- Estudio de Capacidad Vial, de las vías
existentes y proyectadas, para
satisfacer el crecimiento urbano en un horizonte
de, al menos, 10 años.
- Estudio del equipamiento comunal, que permita
definir áreas para su
desarrollo y expansión, cumpliendo
los porcentajes mínimos de superficie
urbana comunal definidos por la planificación
urbana intercomunal.
- Estudio de Riesgos y de Protección
Ambiental, con sus respectivas áreas
de restricción y condiciones para ser
utilizadas de acuerdo a las
disposiciones contempladas en los artículos
2.1.17. y 2.1.18. de este
mismo Capítulo.
e) Los inmuebles declarados Monumento Nacional
y las Zonas Típicas.
f) Los inmuebles o zonas de conservación
histórica, incluyendo la fundamentación
de cada caso.
2. Estudio de Factibilidad, para ampliar o
dotar de agua potable y alcantarillado
de aguas servidas y de aguas lluvias cuando
corresponda, en relación con el
crecimiento urbano proyectado.
3. Ordenanza Local, que fijará las
normas urbanísticas propias de este
nivel de
planificación territorial, relativas
a:
a) El límite urbano de sus centros
poblados.
b) Las vías estructurantes de la comuna
en relación a las vías colectoras
y de
servicio, con sus respectivos anchos mínimos,
líneas de edificación y franjas
sujetas a expropiación; como asimismo,
los anchos de las vías expresas y
troncales si éstas hubieran sido definidas
en la planificación regional o
intercomunal en su caso.
HABILITACION DE LOCALES COMERCIALES
REGULARIZACION DE PARCELAS DE AGRADO
Artículo 1.1.2. Definiciones. Los siguientes vocablos tienen en esta Ordenanza el significado que se expresa
- Acera
- Alteración
- Altura de edificación
- Ampliación
- Antejardín
- Antena
- Anteproyecto
- Arcada, Arquería
- Area de extención Urbana
- Area de proteccion Costera
- Área rural
- Área urbana
- Área verde
- Área verde pública
- Asentamiento humano
- Bandejón
- Barrio
- Calle
- Calle ciega
- Calzada
- Capacidad máxima de edificación
- Carga de ocupación
- Centro comercial
- Centro comercial abierto
- Centro comercial cerrado (Mall)
- Centro de servicio automotor
- Ciclovía
- Coeficiente de constructibilidad
- Coeficiente de ocupación de los pisos superiores
- Coeficiente de ocupación del suelo
- Columnata
- Condiciones Urbanísticas
- Construcción
- Construcción por partes
- Construcción simultánea
- Constructor
- Crecimiento urbano por extensión
- Crecimiento urbano por densificación
- Cuadra
- Densidad
- Densidad bruta
- Densidad neta
- Depósito de vehículos
- Desmonte
- Distanciamiento
- Ducto
- Edificación aislada
- Edificación colectiva
- Edificación continua
- Edificación pareada
- Edificio
- Edificio comercial
- Edificio con protección activa
- Edificio de estacionamiento
- Edificio de oficinas
- Edificio de uso público
- Edificio industrial
- Elemento constructivo
- Elemento de estructura
- Elementos de construcción no combustibles
- Elementos industriales para la construcción
- Equipamiento
- Espacio público
- Espesor de un muro
- Establecimiento de bodegaje
- Estación de intercambio modal
- Estación de servicio automotor
- Estudio de ascensores
- Estudio de carga combustible
- Estudio de evacuación
- Estudio de riesgos
- Estudio de seguridad
- Fachada
- Fachada con vano
- Galería
- Inmueble de conservación histórica
- Inspector técnico
- Instalación de publicidad
- Instrumento de Planificación Territorial
- Libro de Obras
- Línea de edificación
- Línea de la playa
- Línea oficial
- Local
- Lote
- Loteo de terrenos
- Maestranza
- Mansarda
- Manzana
- Mediana
- Modificación de proyecto
- Monumento Nacional
- Muro cortafuego
- Muro de separación
- Muro divisorio
- Muro exterior
- Muro medianero
- Muro soportante
- Norma técnica
- Norma Técnica Oficial
- Normas urbanísticas
- Obras de mantención
- Obra gruesa
- Obra gruesa habitable
- Obra menor
- Obra nueva
- Ochavo
- Parque
- Pasaje
- Patio
- Patio de comidas
- Patrón Nacional para la Elaboración de Instrumentos de Planificación Territorial
- Pendiente promedio de un terreno
- Persona con discapacidad
- Piso mecánico
- Piso subterráneo
- Playa de mar
- Plaza
- Portal
- Pórtico
- Predio
- Predio remanente
- Primer piso
- Profesional competente
- Profesional especialista
- Propiedad abandonada
- Propietario
- Propietario primer vendedor
- Proyectista
- Proyecto
- Proyecto no residencial
- Proyecto residencial
- Publicidad
- Puerta de escape
- Rasante
- Recinto
- Reconstrucción de un inmueble
- Red vial básica
- Red vial estructurante
- Rehabilitación de un inmueble
- Remodelación de un inmueble
- Reparación
- Restauración de un inmueble
- Revisor de Proyecto de Cálculo Estructural
- Revisor independiente
- Saldo predial
- Sistema automático de extinción de incendio
- Sistema de evacuación de personas
- Sistema de Información Geográfica (SIG)
- Sistema de Información Territorial (SIT)
- Sistema de seguridad
- Subdivisión de terrenos
- Suelo natural
- Superficie común
- Superficie edificada
- Superficie servida
- Superficie útil
- Supermercado
- Supervisor
- Tabique no soportante
- Tabique soportante
- Taller
- Taller mecánico
- Teatro
- Techumbre
- Terminal de servicios de locomoción colectiva urbana
- Terminal de vehículos
- Terminal externo
- Terreno de playa
- Unidad funcional independiente
- Urbanizar
- Uso de suelo
- Vereda
- Vía
- Vías de evacuación
- Volumen de la edificación
- Volumen teórico
- Vivienda
- Vivienda unifamiliar
- Zona
- Zona central
- Zona de conservación histórica
- Zona de Protección Costera
- Zona norte
- Zona sur
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