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Arquitectura Diseñoy Construcción



ABOGADOS LABORALES

ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCION

TITULO IV
De la arquitectura
CAPITULO III
De las condiciones de seguridad contra incendio



RESISTENCIA AL FUEGO REQUERIDA PARA
LOS ELEMENTOS DE CONSTRUCCION DE EDIFICIOS

SIMBOLOGIA:

Elementos verticales:

(1) Muros cortafuego

(2) Muros zona vertical de seguridad y caja de escalera

(3) Muros caja ascensores

(4) Muros divisorios entre unidades (hasta la cubierta)

(5) Elementos soportantes verticales

(6) Muros no soportantes y tabiques

Elementos verticales y horizontales:


(7) Escaleras

Elementos horizontales:

(8) Elementos soportantes horizontales

(9) Techumbre incluido cielo falso

Artículo 4.3.4. Para aplicar lo dispuesto en el artículo anterior deberá
considerarse, además del destino y del número de pisos del edificio, su superficie edificada, o la carga de ocupación, o la densidad de carga combustible, según corresponda, como se señala en las tablas 1, 2 y 3 siguientes:

TABLA 1

TABLA 2

TABLA 3

1MJ/m2 = 238.85 k cal/m2
1 MJ = 0.053 kg madera equivalente de 4.000 k cal/kg
(*) Para clasificar un edificio o sector de él, se aplica la densidad de carga combustible mayor de ambas columnas de la Tabla 3.

 

 

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