
ASESORIAS EN PERMISOS DE EDIFICACION, RECEPCIONES Y CERTIFICACIONES - ARQUITECTO
ARQUITECTO REVISOR INDEPENDIENTE - PERMISOS DE EDIFICACION - REGULARIZACION DE PARCELAS
ARQUITECTO REVISOR INDEPENDIENTE CON EXPERIENCIA EN OBTENCION DE PERMISOS DE EDIFICACION Y RECEPCION FINAL
ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCION
TITULO V
De la construccion
CAPITULO I
De los permisos de edificacion y
sus tramites
1.
Permiso de Obra Menor.
A. Cuando las ampliaciones sean calificadas
como obras menores, se concederá
un Permiso de Ampliación, el que será
otorgado por el Director de Obras
Municipales, en un plazo máximo de
15 días, para cuyos efectos se deberán
presentar los siguientes antecedentes:
1. Solicitud firmada por el propietario y
el arquitecto autor del proyecto.
2. Declaración simple del propietario
manifestando ser titular de dominio del predio
3. Fotocopia del Certificado de Informaciones
Previas
4. Declaración simple del arquitecto
autor del proyecto, en que señale que
la obra
menor cumple con las todas las normas de la
Ley General de Urbanismo y
Construcciones y de esta Ordenanza, cuando
corresponda.
5. Croquis de emplazamiento, a escala, en
que se grafique la edificación
existente y la obra menor, con indicación
de sus distancias hacia los deslindes
respectivos, incluyendo los puntos de aplicación
de rasantes.
6. Plano a escala 1: 50, en que se grafique
planta general y elevaciones con las
cotas mínimas indispensables, que permitan
definir los aspectos formales,
dimensionales y funcionales de la obra menor
con individualización de los
recintos y cuadro de superficies.
7. Especificaciones técnicas resumidas,
señalando las partidas más relevantes
de la
obra.
Todos los documentos anteriores, se archivarán
conjuntamente con el
respectivo expediente de edificación.
En estos casos, se deberá pagar el
derecho municipal establecido en el número
2 del artículo 130º de la Ley
General de Urbanismo y Construcciones.
B. Cuando las obras menores correspondan a
modificaciones de edificaciones
existentes que no alteren su estructura, con
excepción de las señaladas en
el
artículo 5.1.2. de esta Ordenanza,
el permiso será otorgado por el Director
de
Obras Municipales, en un plazo máximo
de 15 días, contra la presentación
de
una fotocopia del Certificado de Informaciones
Previas y una declaración simple
del profesional competente que las hubiere
proyectado, en cuanto a que éstas
cumplen con la normativa vigente, describiendo
las obras, indicando el
presupuesto y acompañando un croquis
de su ubicación, todo lo cual se
archivará conjuntamente con el respectivo
expediente de edificación. En estos
casos, se deberá pagar el derecho municipal
establecido en el número 3 del
artículo 130º de la Ley General
de Urbanismo y Construcciones.
2.
Permiso de Alteración, Reparación
o Reconstrucción.
Se otorgará permiso para alterar, reparar
o reconstruir un edificio, si la
intervención aisladamente considerada
cumple con todas las exigencias de la
presente Ordenanza. Para estos efectos se
deberá acompañar planos y
especificaciones técnicas de aquellas
partes del edificio que sufran cambios con
respecto a los antecedentes primitivamente
aprobados. Dichos planos
diferenciarán con líneas convencionales
las partes no afectadas, las partes
nuevas y las que deben demolerse, a fin de
poder verificar las condiciones
proyectadas de seguridad y habitabilidad.
Se acompañará también
presupuesto
informativo de las obras correspondientes.
Si la intervención afectare la
estructura de la edificación, se deberá
acompañar la memoria de cálculo
y
planos de estructura, suscritos por el profesional
competente.
Tratándose de alteraciones consistentes
en obras de restauración,
rehabilitación o remodelación
de edificios ligados a Monumentos Nacionales,
inmuebles o zonas de conservación histórica,
tal circunstancia deberá
declararse en la solicitud, debiendo en estos
casos, presentarse la autorización
del Consejo de Monumentos Nacionales o de
la Secretaría Regional Ministerial
de Vivienda y Urbanismo respectiva, según
corresponda.
3. Autorización de Cambio de
Destino.
El propietario deberá acompañar
el Certificado de Informaciones Previas e
indicar si la solicitud se refiere a toda
o parte de una edificación existente,
además de señalar el destino
requerido y acompañar una declaración
simple de
dominio.
Si para el mencionado cambio de destino de
la edificación se requiere alterar
o
ampliar el edificio existente, se deberá
acompañar los antecedentes que para
cada caso se indican en este Capítulo.
El Director de Obras Municipales informará
favorablemente el cambio de
destino, si dicho cambio cumple con el uso
de suelo, las normas de seguridad
establecidas en los Capítulos 2 y 3
del Título 4 y las demás normas
que para el
nuevo uso señale la presente Ordenanza
y el Instrumento de Planificación
Territorial respectivo.
HABILITACION DE LOCALES COMERCIALES
REGULARIZACION DE PARCELAS DE AGRADO
Artículo 1.1.2. Definiciones. Los siguientes vocablos tienen en esta Ordenanza el significado que se expresa
- Acera
- Alteración
- Altura de edificación
- Ampliación
- Antejardín
- Antena
- Anteproyecto
- Arcada, Arquería
- Area de extención Urbana
- Area de proteccion Costera
- Área rural
- Área urbana
- Área verde
- Área verde pública
- Asentamiento humano
- Bandejón
- Barrio
- Calle
- Calle ciega
- Calzada
- Capacidad máxima de edificación
- Carga de ocupación
- Centro comercial
- Centro comercial abierto
- Centro comercial cerrado (Mall)
- Centro de servicio automotor
- Ciclovía
- Coeficiente de constructibilidad
- Coeficiente de ocupación de los pisos superiores
- Coeficiente de ocupación del suelo
- Columnata
- Condiciones Urbanísticas
- Construcción
- Construcción por partes
- Construcción simultánea
- Constructor
- Crecimiento urbano por extensión
- Crecimiento urbano por densificación
- Cuadra
- Densidad
- Densidad bruta
- Densidad neta
- Depósito de vehículos
- Desmonte
- Distanciamiento
- Ducto
- Edificación aislada
- Edificación colectiva
- Edificación continua
- Edificación pareada
- Edificio
- Edificio comercial
- Edificio con protección activa
- Edificio de estacionamiento
- Edificio de oficinas
- Edificio de uso público
- Edificio industrial
- Elemento constructivo
- Elemento de estructura
- Elementos de construcción no combustibles
- Elementos industriales para la construcción
- Equipamiento
- Espacio público
- Espesor de un muro
- Establecimiento de bodegaje
- Estación de intercambio modal
- Estación de servicio automotor
- Estudio de ascensores
- Estudio de carga combustible
- Estudio de evacuación
- Estudio de riesgos
- Estudio de seguridad
- Fachada
- Fachada con vano
- Galería
- Inmueble de conservación histórica
- Inspector técnico
- Instalación de publicidad
- Instrumento de Planificación Territorial
- Libro de Obras
- Línea de edificación
- Línea de la playa
- Línea oficial
- Local
- Lote
- Loteo de terrenos
- Maestranza
- Mansarda
- Manzana
- Mediana
- Modificación de proyecto
- Monumento Nacional
- Muro cortafuego
- Muro de separación
- Muro divisorio
- Muro exterior
- Muro medianero
- Muro soportante
- Norma técnica
- Norma Técnica Oficial
- Normas urbanísticas
- Obras de mantención
- Obra gruesa
- Obra gruesa habitable
- Obra menor
- Obra nueva
- Ochavo
- Parque
- Pasaje
- Patio
- Patio de comidas
- Patrón Nacional para la Elaboración de Instrumentos de Planificación Territorial
- Pendiente promedio de un terreno
- Persona con discapacidad
- Piso mecánico
- Piso subterráneo
- Playa de mar
- Plaza
- Portal
- Pórtico
- Predio
- Predio remanente
- Primer piso
- Profesional competente
- Profesional especialista
- Propiedad abandonada
- Propietario
- Propietario primer vendedor
- Proyectista
- Proyecto
- Proyecto no residencial
- Proyecto residencial
- Publicidad
- Puerta de escape
- Rasante
- Recinto
- Reconstrucción de un inmueble
- Red vial básica
- Red vial estructurante
- Rehabilitación de un inmueble
- Remodelación de un inmueble
- Reparación
- Restauración de un inmueble
- Revisor de Proyecto de Cálculo Estructural
- Revisor independiente
- Saldo predial
- Sistema automático de extinción de incendio
- Sistema de evacuación de personas
- Sistema de Información Geográfica (SIG)
- Sistema de Información Territorial (SIT)
- Sistema de seguridad
- Subdivisión de terrenos
- Suelo natural
- Superficie común
- Superficie edificada
- Superficie servida
- Superficie útil
- Supermercado
- Supervisor
- Tabique no soportante
- Tabique soportante
- Taller
- Taller mecánico
- Teatro
- Techumbre
- Terminal de servicios de locomoción colectiva urbana
- Terminal de vehículos
- Terminal externo
- Terreno de playa
- Unidad funcional independiente
- Urbanizar
- Uso de suelo
- Vereda
- Vía
- Vías de evacuación
- Volumen de la edificación
- Volumen teórico
- Vivienda
- Vivienda unifamiliar
- Zona
- Zona central
- Zona de conservación histórica
- Zona de Protección Costera
- Zona norte
- Zona sur
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