
ASESORIAS EN PERMISOS DE EDIFICACION, RECEPCIONES Y CERTIFICACIONES - ARQUITECTO
ARQUITECTO REVISOR INDEPENDIENTE - PERMISOS DE EDIFICACION - REGULARIZACION DE PARCELAS
ARQUITECTO REVISOR INDEPENDIENTE CON EXPERIENCIA EN OBTENCION DE PERMISOS DE EDIFICACION Y RECEPCION FINAL
ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCION
TITULO IV
De la arquitectura
CAPITULO III
De las condiciones de seguridad contra
incendio
Los edificios de 10 o más pisos con
muro cortina, además, deberán
contar en todos los pisos con dinteles de
una altura igual o mayor al 10% de la altura
de dicho piso, y en el segundo piso y superiores,
con antepechos de una altura de 0,90 m, la
que podrá ser menor siempre que como
mínimo equivalga al 20% de la altura
de cada piso. Estos elementos deberán
asegurar, como mínimo, la resistencia
al fuego correspondiente a la clase F-60.
Se exceptúan de lo indicado en el inciso
anterior los edificios que cuenten con un
sistema automático de extinción
de incendio avalado por un Estudio de
Seguridad, y que en dicho estudio justifiquen
un rango de seguridad igual o mayor que el
dispuesto en el inciso anterior.
Artículo 4.3.7. Todo
edificio de 7 o más pisos deberá
tener, a lo menos, una "zona
vertical de seguridad" que, desde el
nivel superior hasta el de la calle, permita
a los usuarios protegerse contra los efectos
del fuego, humos y gases y evacuar masiva
y rápidamente el inmueble.
Sin perjuicio de los requisitos específicos
que establezcan las normas
técnicas oficiales correspondientes,
serán exigibles para las zonas de seguridad
de dichos edificios, las siguientes normas
generales:
1. La distancia máxima desde la puerta
de acceso de un departamento u oficina,
hasta el ingreso a una zona vertical de seguridad
del mismo piso será de 40 m. 3
2. El diseño, construcción y
terminaciones de las zonas verticales de seguridad
y su
continuidad hasta el egreso al exterior, a
nivel de la calle, deben garantizar una
resistencia al fuego correspondiente a la
que se indica en la tabla del artículo
4.3.3. y facilitar el ingreso y desplazamiento
del personal de bomberos con su
material, en caso de incendio.
3. Las zonas verticales de seguridad, deben
estar dotadas de sistemas de
iluminación de emergencia y de ventilación
o presurización en caso de
escaleras interiores, que permitan a los usuarios
evacuar el edificio, sin peligro
de verse afectados por los humos y gases generados
por el incendio, aún
cuando el suministro normal de energía
eléctrica sea interrumpido.5
4.
Las puertas de acceso o egreso, en todos los
pisos, deberán ser de cierre
automático y con resistencia a la acción
del fuego, tanto la hoja como sus
componentes, correspondientes a la clase F-60.
Todas ellas deberán estar
señalizadas con el distintivo "SALIDA
DE EMERGENCIA" por la cara que
corresponda.
5. Los edificios que contemplen más
de un piso subterráneo deberán
consultar
una zona vertical de seguridad inferior, que
comunique hacia un espacio libre
exterior o hacia el nivel de acceso del edificio,
desde el último nivel de
subterráneo.
6. En los edificios que consulten zonas verticales
de seguridad, tanto superiores
como inferiores, éstas deberán
evacuar hacia el nivel de acceso del edificio
no
teniendo continuidad entre ellas.
7. Las zonas verticales de seguridad no deberán
contener ningún tipo de
instalaciones en su interior, tales como:
cuarto de útiles de limpieza, ductos
de
basura, de aire acondicionado, de conducciones
de gas o electricidad, gabinete
con bocas de salidas de red húmeda
o red seca y ascensores o montacargas.
Se exceptúan las instalaciones selladas
de agua y las instalaciones de
emergencia propias de la caja de escalera,
tales como presurización e
iluminación, siempre que no afecten
el ancho mínimo requerido.
8. Los edificios de 10 o más pisos
de altura deberán disponer las conexiones
de la
red seca y la red húmeda, en cada piso,
en un vestíbulo contiguo a la escalera
presurizada, protegido contra el fuego por
muros con igual resistencia que los
muros de la escalera. Dicho vestíbulo
tendrá un ancho libre no inferior a
1,10 m
y un largo libre no inferior a 1,60 m, medido
en el sentido del recorrido y su
puerta de entrada deberá tener las
mismas características que la puerta
de
entrada a la escalera, conforme al número
4. anterior. En dicho vestíbulo
protegido podrán disponerse instalaciones
del edificio siempre que no afecten
las medidas libres requeridas. Podrán
eximirse de contemplar vestíbulo
protegido los edificios que cumplan las siguientes
condiciones:
HABILITACION DE LOCALES COMERCIALES
REGULARIZACION DE PARCELAS DE AGRADO
Artículo 1.1.2. Definiciones. Los siguientes vocablos tienen en esta Ordenanza el significado que se expresa
- Acera
- Alteración
- Altura de edificación
- Ampliación
- Antejardín
- Antena
- Anteproyecto
- Arcada, Arquería
- Area de extención Urbana
- Area de proteccion Costera
- Área rural
- Área urbana
- Área verde
- Área verde pública
- Asentamiento humano
- Bandejón
- Barrio
- Calle
- Calle ciega
- Calzada
- Capacidad máxima de edificación
- Carga de ocupación
- Centro comercial
- Centro comercial abierto
- Centro comercial cerrado (Mall)
- Centro de servicio automotor
- Ciclovía
- Coeficiente de constructibilidad
- Coeficiente de ocupación de los pisos superiores
- Coeficiente de ocupación del suelo
- Columnata
- Condiciones Urbanísticas
- Construcción
- Construcción por partes
- Construcción simultánea
- Constructor
- Crecimiento urbano por extensión
- Crecimiento urbano por densificación
- Cuadra
- Densidad
- Densidad bruta
- Densidad neta
- Depósito de vehículos
- Desmonte
- Distanciamiento
- Ducto
- Edificación aislada
- Edificación colectiva
- Edificación continua
- Edificación pareada
- Edificio
- Edificio comercial
- Edificio con protección activa
- Edificio de estacionamiento
- Edificio de oficinas
- Edificio de uso público
- Edificio industrial
- Elemento constructivo
- Elemento de estructura
- Elementos de construcción no combustibles
- Elementos industriales para la construcción
- Equipamiento
- Espacio público
- Espesor de un muro
- Establecimiento de bodegaje
- Estación de intercambio modal
- Estación de servicio automotor
- Estudio de ascensores
- Estudio de carga combustible
- Estudio de evacuación
- Estudio de riesgos
- Estudio de seguridad
- Fachada
- Fachada con vano
- Galería
- Inmueble de conservación histórica
- Inspector técnico
- Instalación de publicidad
- Instrumento de Planificación Territorial
- Libro de Obras
- Línea de edificación
- Línea de la playa
- Línea oficial
- Local
- Lote
- Loteo de terrenos
- Maestranza
- Mansarda
- Manzana
- Mediana
- Modificación de proyecto
- Monumento Nacional
- Muro cortafuego
- Muro de separación
- Muro divisorio
- Muro exterior
- Muro medianero
- Muro soportante
- Norma técnica
- Norma Técnica Oficial
- Normas urbanísticas
- Obras de mantención
- Obra gruesa
- Obra gruesa habitable
- Obra menor
- Obra nueva
- Ochavo
- Parque
- Pasaje
- Patio
- Patio de comidas
- Patrón Nacional para la Elaboración de Instrumentos de Planificación Territorial
- Pendiente promedio de un terreno
- Persona con discapacidad
- Piso mecánico
- Piso subterráneo
- Playa de mar
- Plaza
- Portal
- Pórtico
- Predio
- Predio remanente
- Primer piso
- Profesional competente
- Profesional especialista
- Propiedad abandonada
- Propietario
- Propietario primer vendedor
- Proyectista
- Proyecto
- Proyecto no residencial
- Proyecto residencial
- Publicidad
- Puerta de escape
- Rasante
- Recinto
- Reconstrucción de un inmueble
- Red vial básica
- Red vial estructurante
- Rehabilitación de un inmueble
- Remodelación de un inmueble
- Reparación
- Restauración de un inmueble
- Revisor de Proyecto de Cálculo Estructural
- Revisor independiente
- Saldo predial
- Sistema automático de extinción de incendio
- Sistema de evacuación de personas
- Sistema de Información Geográfica (SIG)
- Sistema de Información Territorial (SIT)
- Sistema de seguridad
- Subdivisión de terrenos
- Suelo natural
- Superficie común
- Superficie edificada
- Superficie servida
- Superficie útil
- Supermercado
- Supervisor
- Tabique no soportante
- Tabique soportante
- Taller
- Taller mecánico
- Teatro
- Techumbre
- Terminal de servicios de locomoción colectiva urbana
- Terminal de vehículos
- Terminal externo
- Terreno de playa
- Unidad funcional independiente
- Urbanizar
- Uso de suelo
- Vereda
- Vía
- Vías de evacuación
- Volumen de la edificación
- Volumen teórico
- Vivienda
- Vivienda unifamiliar
- Zona
- Zona central
- Zona de conservación histórica
- Zona de Protección Costera
- Zona norte
- Zona sur
IR A CONTACTO ARQUITECTO